sábado, 31 de marzo de 2012

Reglamento Interno de AIP - "MPC" - 2012





REGLAMENTO INTERNO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA 2012
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETIVO
Art. 1º: El presente reglamento tiene como objetivo normar el ingreso de alumnos y personal docente al Aula de Innovación Pedagógica, regular el uso de los equipos de cómputo, infracciones, sanciones y procedimiento disciplinario.
DENOMINACIONES
Art. 2º: Para efectos de este reglamento se denominara:
a)  El AIP (DIGETE) al Aula de Innovación Pedagógica.
b) Al DAIP (DIGETE) al Docente del Aula de Innovación Pedagógica.
c)  Usuario a todo aquel que haga uso de las instalaciones y equipos del Aula de Innovación Pedagógica.
d) Software a los programas de computadora adquiridos por terceros o elaborados en la Institución Educativa.
e)  Hardware a toda la parte física de las computadoras, periféricos y demás.
USUARIOS DEL AIP (DIGETE)
Art. 3º: El laboratorio de Informática será utilizado solamente para fines educativos, de investigaciones y de apoyo en el desarrollo de las sesiones de aprendizaje de las difere3ntes áreas de nuestra I.E. Asimismo, esta estrictamente reservado para alumnos, docentes y personas relacionadas con las actividades académicas de nuestra I.E.
Art. 4º: DE LOS DOCENTES:
El Aula de Innovación presenta los siguientes servicios:
a)     Uso de los equipos de computo y de los programas instalados.
b)     Buscar la Información requerida.
c)     Aplicación de la Tecnología actualizada al aprendizaje significativo.
d)    El personal docente dirigirá la sesión de aprendizaje previamente programada.
e)     Los docentes presentarán su sesión aprendizaje y el software educativo preparado, con una semana de anticipación para el ingreso al Aula de Innovación pedagógica.
f)      Los Docentes registrarán su asistencia en el registro de ingreso en el AIP
g)     Los docentes serán los únicos responsables del buen manejo y estado de los equipos durante su permanencia en el Aula de Innovación Pedagógica.
h)     Uso del servicio del Internet.

Art. 5º: DE LOS ALUMNOS:
a)     Los alumnos controlaran su asistencia antes de antes de empezar a trabajar.
b)     Mantener el aula limpia y ordenada permanentemente.
c)     Demostrar  orden y buen comportamiento durante la sesión de trabajo.
d)    Hacer uso correcto del equipo de cómputo.
e)     Los USB se revisarán previamente para evitar el ingreso de virus y otros.
f)      Los alumnos sólo ingresarán al Aula de Innovación Pedagógica acompañados por el docente.
Art. 6º: DE LAS SANCIONES:
Los usuarios que malogren o dañen el equipo de cómputo o el mobiliario estarán obligados a reponer dejándolos en las mismas condiciones.
Los usuarios reincidentes que ocasionen daños al equipo serán sancionados según el reglamento interno de la Institución Educativa.
Art. 7º: MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGENE:
Los usuarios de la Aula de Innovación Pedagógica CUIDARÁN DE INGRESAR con las manos limpias y con el cabello seco.
Los usuarios del Aula de Innovación no podrán ingresar ni consumir alimento dentro del AIP
Se evitará en todo momento las acciones que dañen al equipo o al sistema.
Los usuarios al retirarse del Aula de Innovación Pedagógica deberán dejar el equipo de cómputo limpio y los bancos ordenados.
Las alumnas que ingresan al Aula de Innovación Pedagógica deberán contribuir a mantener ordenado y limpio las instalaciones, por lo que deberán botar la basura en su lugar, evitar manchar las paredes y deberán dejar en su lugar correspondiente sin desconectarlo.
Para mantener las instalaciones en un ambiente de estudio y no interferir con el trabajo de los demás, los usuarios deberán hablar en voz baja y utilizarán un vocabulario de acuerdo a como lo dictan la moral y las buenas costumbres.
Solamente se podrán sentar en cada banco un solo usuario, además esta prohibido sentarse en las mesas o apoyarse en el equipo de informática.
Art. 8º: DEL HORARIO DE SERVICIO:
El horario para utilizar el Aula de Innovación Pedagógica será de lunes a viernes según el horario presentado por el Docente del Aula de Innovación Pedagógica. Para la utilización de los docentes para prácticas fuera de este horario, deberá solicitarse previa coordinación con el Director y el Docente responsable del aula de Innovaciones.
SOFTWARE DE LAS COMPUTADORAS
Art. 9º: El Docente del Aula de Innovaciones Pedagógicas (DAIP)(DIGETE) será el responsable de Instalar los programas en los equipos del Aula de Innovación Pedagógica, de acuerdo al software educativo  preparado por el docente de área y los software adquirido por la Institución Educativa y el Ministerio de Educación.

CONEXIONES A SITIOS DE INTERNET
v Art. 10º: Está prohibido el acceso a programas y sitios Web que atenten contra la integridad y seguridad de la red de Aula de Innovación Pedagógica o cuyo contenido sea considerado contrario a la moral y buenas costumbres. (Ley 28119.- Prohibición del acceso de menores de edad a páginas Web que tengan contenido pornográfico.
Art. 11º: Se prohíbe la utilización de Aula de Innovación Pedagógica para conectarse de manera no autorizada a máquinas de la Institución Educativa, que contengan información restringida.
                                                                                             

                                                                                              Celendín, marzo  del 2012





Vº Bº
 


Prof. José Rafael Cachay Oyarce
          DOCENTE AIP  - “MPC”

Plan Anual de Trabajo AIP - "MPC" - 2012


PLAN ANUAL DE TRABAJO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA 2012
I.    DATOS INFORMATIVOS:
1.1.  Institución Educativa                : Manuel de Piérola Castro
1.2.  Distrito                                      : Celendín
1.3.  Lugar                                         : Celendín
1.4.  UGEL                                       : Celendín
1.5.  Director                                     : Juan Gualberto Goicochea Tacilla
1.6.  Docente AIP                             : José Rafael Cachay Oyarce
II.    PRESENTACIÓN:
            El presente Plan Anual de Trabajo 2012 del Aula de Innovación Pedagógica contribuye al mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y los entornos educativos, proyecta a desarrollar con fines educativos una red nacional moderna, con acceso a todas las fuentes de información y capaz de transmitir contenidos de multimedia, proponiendo la integración de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) en los procesos de enseñanza – aprendizaje, favoreciendo el aprendizaje autónomo, colaborativo y equitativo.
            El programa “Huascarán” en el Perú es una “Nueva era en la Educación” en la búsqueda de aprendizajes significativos, y el docente con su capacidad y preparación deberá hacer buen uso de las Tecnologías de Información y Comunicación y favorecer la adquisición de conocimientos que en el futuro conlleve a la inserción de nuestros alumnos a un mundo laboral cada vez más exigente.          
            Estas Tecnologías permitirán también desplegar redes avanzadas de comunicación y generar su uso para la creación de entornos de aprendizaje; es así que el AIP de la IE “Manuel de Piérola Castro” busca mejorar la calidad y las oportunidades educativas en el marco de una realidad intercultural que faciliten el desarrollo y logro de capacidades  exigidas por la sociedad actual y futura.   
III.    VISIÓN:
Ser una Institución Educativa de calidad donde, en constante trabajo, docentes y alumnos desarrollen capacidades haciendo uso de los recursos TIC en forma progresiva e incorporando gradualmente en su actividad cotidiana para potenciar las capacidades del conocimiento, creatividad e innovación.
IV.    MISIÓN:
Nuestra Institución Educativa haciendo uso de la Aula de Innovación Pedagógica Integran las TIC a las diferentes áreas curriculares, con la finalidad de mejorar el desarrollo de aprendizajes en los alumnos, incidiendo a la educación en el marco de la interculturalidad permitiendo el desarrollo de las capacidades.
V.    BASES LEGALES:
v Ley General de Educación Nº 28044 y su modificatoria ley Nº 28123
v Ley Nº 2862, Ley que regula la participación de las Asociaciones de padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.
v D. S. N° 006-2004-ED. Aprueban lineamientos de políticos específicos de Política Educativa.
v D. S. N° 013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular.
v D. S. N° 016-2007-ED. Creación de la Dirección General de Tecnología Educativa.
v D. S. N° 015-2002-ED. Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa.
v R. M. N° 0364-2003-ED. Asignación de personal docente a los Centros Educativos seleccionados por el Proyecto Huascarán. y Funciones de los Especialistas TIC de los órganos intermedios. Directiva N° 003-2003-PROYECTO HUASCARÁN.-
v Resolución de Secretaría General N° 503-2003-ED.- Cautelar los bienes del aula de Innovación pedagógica en las instituciones Educativas de! Proyecto Huascarán.
v Decreto Ley 28119.- Prohibición del acceso de menores de edad a páginas Web que tengan contenido pornográfico.
v Directiva N° 002-2005/P.HUASCARÁN.- Orientaciones para el desarrollo de las actividades pedagógicas en las Instituciones Educativas incorporadas en el proyecto huascarán.          ,
v Directiva N° 002-VMGP/ P.HUASCARÁN -2005.- Normas para la distribución de equipos y materiales educativos para las Instituciones educativas incorporadas al Proyecto Huascarán, a nivel nacional.
v Reglamento de organización y funciones del Programa Huascarán.
v Decreto Supremo N° 016-2007-ED "Modifican artículo 49° del ROF y aprueban la fusión de los Proyectos PEAR y Huascarán así como el Programa de mejoramiento de la Educación Secundaria en Direcciones Generales del Ministerio de Educación".
v Directiva N° 090-2007/DIGETE "Orientaciones para las actividades pedagógicas en las Instituciones Educativas atendidas por la Dirección General de Tecnologías Educativas".
v R. D. N° 0025-2008-ED que aprueba la Directiva N° 016-DIGETE "Proceso de Certificación de Creación de software educativo o cultural".
v Directiva N° 057-2008/DIGETE "Normas complementarias para la aplicación de Tecnologías Educativas en las Instituciones Educativas en el año 2008"
v Resolución Ministerial N° 622 - 2011-ED - "Directiva para el año Escolar 2012"
*  Directiva Nº 112-2012-GR.CAJ-DRE/DGP/T.E. 

VI.    ALCANCES:
v Director UGEL
v Director de la I.E.
v Docentes
v Alumnos
VII.    OBJETIVOS:
7.1.   Promover la participación a los Docentes de la Institución Educativa “Manuel de Piérola Castro” e incorporarlos y orientarlos en el manejo, uso y aplicación de las nuevas Tecnologías  de la Información y Comunicación a fin de generar una cultura de uso permanente de las mismas.
7.2.   Promover el uso de las herramientas TIC en los alumnos para mejorar y fortalecer sus aprendizajes.
VIII.    METAS:
8.1.De atención
-    Alumnos del nivel Secundaria de Menores.
8.2.De ocupación
-    Directivos, docentes y administrativos del nivel secundario.
8.3.De Inversión
-    Implementación del Aula de Innovación Pedagógica.
-    Software Educativos.
-    Proyectos de Innovación y Capacitación.
-    Servicios de Internet.
IX.    CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES:
ACTIVIDADES
A
M
J
J
A
S
O
N
D
01
Velar por la seguridad del Aula de Innovación Pedagógica.
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02
Coordinación  con los Docentes
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03
Elaboración de horarios para el uso de las AIP
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04
Elaborar el plan de trabajo para el año 2012 y ambientación del AIP
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05
Elaboración del Reglamento Interno
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06
Control y supervisión permanente del equipo de informática.
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07
Implementación del Aula de Innovación
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08
Coordinación con el personal de soporte técnico.

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09
Control y supervisión de la asistencia de los alumnos y docentes en el uso de las computadoras.

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X
10
Taller de capacitación “Integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el proceso educativo”
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11
Organización del trabajo
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12
Limpieza y conservación del hardware y software
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X
13
Inventario del equipo del Aula de Innovación.








X
X.    RECURSOS:
10.1.      Recursos Humanos:
v Especialista UGEL
v Docente del Aula de Innovación Pedagógica.
v Personal docente.
v Alumnos.
10.2.      Recursos Materiales:
v Equipo de computadoras
v Mobiliario escolar
v Murales
v Materiales y útiles de oficina..
v Otros.
XI.    EVALUACIÓN:
         La evaluación se refiere al funcionamiento del Aula de Innovación Pedagógica en relación al cumplimiento de las actividades programadas en función de los resultados obtenidos. Por otro lado la ejecución del Plan de Evaluación permitirá conocer los resultados obtenidos con los logros alcanzados y dar las propuestas de mejoramiento y solución para el año 2013.
                                                                                              Celendín, marzo  del  2012



Prof. José Rafael Cachay Oyarce
 DOCENTE AIP